Las conductas que sirvieron de indicios para iniciar la investigación fueron cesadas por los investigados.
La Dirección Ejecutiva de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (PRO-COMPETENCIA) desestima, mediante la resolución núm. DE-030-2019, el proceso de investigación de oficio en el mercado de prestaciones del servicio del seguro Familiar de Salud del régimen contributivo a través de las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) públicas y privadas de la República Dominicana.
El procedimiento de investigación ordenado mediante la resolución núm. DE-054-2018, tuvo origen en diversos pronunciamientos públicos mediante los cuales médicos y afiliados argumentaban que la Administradora de Riesgos de Salud Primera, S.A., la Administradora de Riesgos de Salud Universal, S.A. y la Administradora De Riesgos De Salud Palic Salud, S.A. estaban negando coberturas a análisis médicos y medicamentos indicados por galenos que se encontraban fuera de sus redes de Prestadores de Servicios de Salud (PDSS), corroborado además por correos electrónicos recibidos a través del buzón de colaboración durante la investigación preliminar.
La Dirección Ejecutiva desestimó dicha investigación por no haberse podido comprobar en el marco del procedimiento de instrucción, que las empresas investigadas, Administradora de Riesgos de Salud Primera, S.A., Administradora de Riesgos de Salud Universal, S.A. y Administradora De Riesgos De Salud Palic Salud, S.A. ostentan una posición dominante individual o colectiva que permita configurar la existencia de prácticas prohibidas conforme las disposiciones del artículo 6 de la Ley General de Defensa de la Competencia núm. 42-08; especialmente cuando existen competidores directos con cuotas de participación cercanas, que pudieran variar aún más de conformidad con la sentencia TC/0573/18 del Tribunal Constitucional en virtud de la cual una gran cantidad de afiliados al Seguro Familiar de Salud de las ARS investigadas pasarían al Seguro Familiar de Salud (SENASA).
Adicionalmente, los afiliados y médicos contactados por el órgano instructor durante la fase de instrucción afirmaron que las conductas que sirvieron de indicios para dar inicio a la investigación habían cesado en su mayoría.
La comprobación de las circunstancias anteriormente descritas, motivaron que la Dirección Ejecutiva ordenara, mediante su Resolución DE-030-2019, el archivo del expediente.
En la resolución se hicieron también precisiones importantes relacionadas con los procesos de investigación y el manejo de los mismos.
Sobre ProCompetencia
La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (PRO-COMPETENCIA) es el organismo del Estado dominicano responsable de promover y garantizar la competencia efectiva en el mercado de productos y servicios con el objetivo de incrementar la eficiencia económica de los mismos. De igual manera, vela por el eficiente funcionamiento de los mercados en una libre competencia, una cultura de buenas prácticas en los diferentes ramos de la actividad económica nacional y la promoción de políticas públicas que promuevan la competencia eliminando restricciones al ejercicio responsable del derecho a la libre empresa.
PRO-COMPETENCIA es un organismo descentralizado con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía jurisdiccional y administrativa para el ejercicio de sus facultades legales y el cumplimiento de los objetivos de la Ley General de Defensa de la Competencia, Núm. 42-08.
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