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El Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (PRO-COMPETENCIA) emitió la Resolución Número 015-2018, la cual admite el informe que presenta la Dirección Ejecutiva de dicha institución sobre la investigación en el mercado de harina de trigo en la República Dominicana.
Luego de ponderar las recomendaciones presentadas por la Dirección Ejecutiva, el Consejo Directivo decidió archivar el expediente ya que la investigación no pudo comprobar la fijación de precios y/o la repartición del mercado de harina de trigo por parte de las siguientes empresas: Molinos del Higüamo, Inc., César Iglesias, S.A., Molinos del Ozama, S.A., Grupo J. Rafael Núñez, S.R.L., Molinos Valle del Cibao, S.A. y Cooperativa de Servicios Múltiples Procesadores De Harina (COOPROHARINA).
Sin embargo, durante el período de conocimiento del caso, la Dirección Ejecutiva indicó en su informe que Molinos del Ozama, S.A., César Iglesias, S.A., y La Asociación Dominicana De Industriales Molineros de Trigo (ADOIMT), realizaron varias acciones contrarias a los artículos 42 (párrafo I) y 61 (literal “d”) de la Ley General de Defensa de la Competencia Número 42-08, relacionadas a que dichas empresas – aparentemente-: (i) le impidieron a la Dirección Ejecutiva obtener pruebas en el marco de la investigación y (ii) que varias de las informaciones entregadas no se corresponden con la realidad (entrega de información falsa). A causa de la naturaleza de estas imputaciones, el Consejo Directivo consideró necesario abrir un procedimiento con el interés de que, Molinos del Ozama, S.A., César Iglesias, S.A., y La Asociación Dominicana De Industriales Molineros de Trigo (ADOIMT), tuvieran la oportunidad de responder, presentando los argumentos y pruebas que consideren de lugar (debido proceso y derecho de defensa).
Por tanto, se les otorgó el acceso al expediente administrativo con respecto a los documentos e informaciones, que relacionadas a ellos, reposen en el mismo; otorgándose también un plazo de 20 días hábiles para que los agentes económicos presentaren un escrito contestación. Concluido este plazo, se realizará una audiencia pública para que las empresas expongan sus medios de defensa, lo cual tiene previsto realizarse en breve término.
Sobre PROCOMPETENCIA
La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (PRO-COMPETENCIA) es el organismo del Estado dominicano responsable de promover y garantizar la competencia efectiva en los mercados de productos y servicios con el objetivo de incrementar la eficiencia económica de los mismos. De igual manera, vela por el eficiente funcionamiento de los mercados en una libre competencia, una cultura de buenas prácticas en los diferentes ramos de la actividad económica nacional y la promoción de políticas públicas que promuevan la competencia eliminando restricciones al ejercicio responsable del derecho a la libre empresa.
PRO-COMPETENCIA es un organismo descentralizado con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía jurisdiccional y administrativa para el ejercicio de sus facultades legales y el cumplimiento de los objetivos de la Ley General de Defensa de la Competencia, Núm. 42-08.
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