Esta es una web oficial del Gobierno de la República Dominicana
Los sitios web oficiales utilizan .gob.do, .gov.do o .mil.do
Un sitio .gob.do, .gov.do o .mil.do significa que pertenece a una organización oficial del Estado dominicano.
Los sitios web oficiales .gob.do, .gov.do o .mil.do seguros usan HTTPS
Un candado (🔒) o https:// significa que estás conectado a un sitio seguro dentro de .gob.do o .gov.do. Comparte información confidencial solo en los sitios seguros de .gob.do o gov.do.
Enlaces de interés
|
Getting your Trinity Audio player ready...
|
Santo Domingo, República Dominicana. 23 de junio, 2021.- El Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (PRO-COMPETENCIA) dictó el Reglamento que establece el Procedimiento Simplificado aplicable en casos de indicios de entrega de información falsa o alterada en el marco de los procedimientos de investigación de la Dirección Ejecutiva.
El reglamento tiene como objetivo establecer el procedimiento aplicable en caso de indicios de prácticas o actos de entrega de información falsa por parte de agentes económicos que, teniendo información vinculada con una investigación de prácticas anticompetitivas en curso, proporcionen información falsa o alterada a la Dirección Ejecutiva de ProCompetencia, las cuales se encuentran establecidas como infracción administrativa en la Ley General de Defensa de la Competencia, núm. 42-08.
De ser detectada la existencia de suministro de información falsa, la Dirección Ejecutiva emitirá unaresolución ordenando el inicio de un procedimiento simplificado por indicios de entrega de información falsa o alterada. Sin embargo, este procedimiento no interrumpe ni suspende la investigación por prácticas anticompetitivas en el marco del cual se hubiere detectado indicios de la infracción administrativa.
Dicho Reglamento establece que, en caso de que el Consejo Directivo admita el expediente del procedimiento simplificado por presuntas prácticas o actos de entrega de información falsa, previamente instruido por la Dirección Ejecutiva, convocará a una audiencia, que deberá celebrarse dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación.
Sobre PRO-COMPETENCIA
La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (PRO-COMPETENCIA) es el organismo del Estado dominicano responsable de promover y garantizar la competencia efectiva en el mercado de productos y servicios con el objetivo de incrementar la eficiencia económica de los mismos. De igual manera, vela por el eficiente funcionamiento de los mercados en una libre competencia, una cultura de buenas prácticas en los diferentes ramos de la actividad económica nacional y la promoción de políticas públicas que promuevan la competencia eliminando restricciones al ejercicio responsable del derecho a la libre empresa.
PRO-COMPETENCIA es un organismo descentralizado con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía jurisdiccional y administrativa para el ejercicio de sus facultades legales y el cumplimiento de los objetivos de la Ley General de Defensa de la Competencia, Núm. 42-08.
Deja un comentario